Derechos de los Médicos

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Modificado de:
Carta de los Derechos Generales de los Médicos. México. CONAMED.
Disponible en: https://docplayer.es/12569310-Carta-de-los-derechos-generales-de-los-medicos.htm

Contribución para el Portal de la ANM por: Lilia Cruz, Individuo de Número, Sillón XIX. ORCID: 0000-0001-6405-1059. 08/06/2022

  1. Ejercer la profesión en forma libre y sin presiones de cualquier naturaleza
    El médico tiene derecho a que se respete su juicio clínico (diagnóstico y terapéutico) y su libertad prescriptiva, así como su probable decisión de declinar la atención de algún paciente, siempre que tales aspectos se sustenten sobre bases éticas, científicas y normativas.

2. Disponer de los recursos que requiere su práctica profesional.
Es un derecho del médico, recibir del establecimiento donde presta su servicio: personal idóneo, así como. equipo, instrumentos e insumos necesarios, de acuerdo con el servicio a prestar.

3. Derecho a abstenerse de garantizar resultados en la atención médica.
El médico tiene derecho a no emitir juicios concluyentes sobre los resultados esperados de la atención médica. (Responsabilidad de¨ medios¨, no de ¨resultados¨)

4. Recibir trato respetuoso por parte de los pacientes y sus familiares, así como del personal relacionado con su trabajo profesional.
El médico tiene derecho a recibir del paciente y sus familiares trato respetuoso, así como información completa, veraz y oportuna relacionada con el estado de salud. El mismo respeto deberá recibir de sus superiores, personal relacionado con su trabajo profesional y terceros.

5. Acceso a educación médica continua y ser considerado en igualdad de oportunidades para su
desarrollo profesional.

El médico tiene derecho a que se le facilite el acceso a la educación médica continua y a ser considerado enigualdad de oportunidades para su desarrollo profesional, con el propósito de mantenerse actualizado.

6. Tener acceso a actividades de investigación y docencia en el campo de su profesión.
El médico tiene derecho a participar en actividades de investigación y enseñanza como parte de su desarrollo profesional.

7. Asociarse para promover sus intereses profesionales.
El médico tiene derecho a asociarse en organizaciones gremiales, asociaciones y colegios para su desarrollo profesional, con el fin de promover la superación de sus miembros y vigilar el ejercicio profesional, de conformidad con lo prescrito en la ley del Ejercicio de la Medicina.

8. Salvaguardar su prestigio profesional.
El médico tiene derecho a la defensa y preservación de su prestigio profesional y a que la información sobre el curso de una probable controversia en el ejercicio profesional se trate con privacidad, y en su caso a pretender el resarcimiento del daño causado. La salvaguarda de su prestigio profesional demanda de los medios de comunicación y autoridades, respeto al principio de legalidad y a la garantía de audiencia, de tal forma que no se presuma la comisión de ilícitos hasta en tanto no
se resuelva legalmente cualquier controversia por la atención médica brindada.

9. Percibir remuneración y honorarios dignos por los servicios prestados.
El médico tiene derecho a ser remunerado dignamente, por los servicios profesionales que preste, de acuerdo a su condición laboral, contractual o a lo pactado con el paciente en el ejercicio de la práctica profesional privada.

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